La regla, en los términos de la ley
La sección 213-d de las CPLR fija el plazo para una acción por deuda médica presentada por un hospital con licencia bajo el Artículo 28 de la ley de salud pública o por un profesional de salud autorizado bajo el Título 8 de la ley de educación. La acción tiene que iniciarse dentro de los tres años de la atención. Nueva York añadió la sección en el presupuesto estatal de 2020.
Tres años es poco tiempo para lo que suele ser la ley de deudas en Nueva York, y esa era la intención. Antes de 2020, la deuda médica caía bajo el plazo más largo de los reclamos por contrato. Todas las protecciones de la deuda médica, con su fecha.
Cómo contar los tres años
| Tu situación | Cuándo empiezan los tres años |
|---|---|
| Una sola visita a emergencias | La fecha de la visita |
| Una hospitalización | Las fechas de atención que aparecen en la cuenta; guarda las fechas de ingreso y de alta |
| Varias visitas en una misma cuenta | Cada fecha de atención; pregúntale al proveedor qué fechas cubre el saldo |
| Una cuenta que llegó meses después | Igual la fecha de la atención, no la de la cuenta |
Busca la fecha en la cuenta detallada, en la explicación de beneficios de tu aseguradora o en tus propios papeles. Un estado de cuenta que solo muestra un saldo no alcanza; pide la cuenta detallada, que trae las fechas de servicio línea por línea. Cómo leerla.
Qué cambia cuando la deuda está prescrita
| Dentro de los tres años | Después de tres años | |
|---|---|---|
| ¿Puede demandarte un hospital o proveedor? | Solo dentro de los otros límites de Nueva York, abajo | No, el plazo para demandar ya pasó |
| ¿Puede un cobrador demandar o amenazar con demandar? | Solo dentro de los mismos límites | No. La Regulation F federal lo prohíbe |
| ¿Te pueden pedir que pagues? | Sí | Sí |
| ¿Puedes todavía solicitar ayuda financiera del hospital? | Sí, en cualquier etapa | Pregunta; para cuentas viejas decide la política del hospital |
| ¿Puede ir a tu reporte de crédito? | No, si viene de un hospital, proveedor o ambulancia de Nueva York | Igual |
Un plazo es una defensa, no un borrado automático. Si igual te ponen una demanda, el tribunal no la desecha solo: tú tienes que alegar el plazo de tres años en tu respuesta, antes de la fecha límite que trae la notificación. Ese es el momento de buscar servicios legales gratuitos para casos de deuda médica.
Dentro de los tres años, siguen aplicando otros límites
La regla de tres años es el borde exterior. Antes de llegar ahí, un hospital de Nueva York está atado por los cambios de 2024 a la sección 2807-k de la ley de salud pública:
- Ni demanda ni envío a cobranza en los primeros seis meses (180 días) desde la primera cuenta, ni mientras haya una solicitud de ayuda financiera pendiente.
- Ninguna demanda contra un paciente cuyo hogar gane menos del 400% del nivel federal de pobreza ($63,840 para una persona en 2026), y el director financiero del hospital tiene que certificar que el ingreso está por encima de esa línea antes de demandar.
- Después de cualquier sentencia: sin embargo de salario, sin gravamen sobre tu vivienda principal (ley de noviembre de 2022) y un interés de no más del 2% al año en los planes de pago.
La línea de tiempo desde la primera cuenta hasta la demanda.
Qué decir sobre una cuenta médica vieja
- No confirmes la deuda ni pagues nada en la primera llamada. “Por favor, mándenme por escrito la validación de esta deuda, con el proveedor original y las fechas de servicio.”
- Revisa la fecha de la atención contra la fecha de hoy. Si pasaron más de tres años, el plazo para demandar ya venció.
- Contesta por escrito. “Las fechas de servicio de esta cuenta son de hace más de tres años. Bajo la CPLR 213-d, el plazo para presentar una acción por esta deuda médica ya venció. Por favor, dejen de contactarme sobre ella.”
- Si igual llegan papeles del tribunal, contéstalos antes de la fecha límite y alega el plazo como defensa. No los ignores: una demanda sin respuesta puede terminar en una sentencia por incomparecencia (default judgment), aunque la deuda sea vieja.
- Guarda copias de cada carta y del sobre en que llegó.
Si las cartas o los papeles del tribunal llegan solo en inglés y no estás seguro de lo que dicen, llévalos a un servicio legal gratuito antes de la fecha límite. Lo que un cobrador puede y no puede hacer.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el plazo de prescripción de la deuda médica en Nueva York?
Tres años desde la fecha de la atención, bajo la sección 213-d de las Civil Practice Law and Rules, para demandas de hospitales y profesionales de salud con licencia.
¿Los tres años empiezan desde la fecha de la cuenta?
No. Empiezan desde la fecha de la atención, aunque la cuenta haya llegado después. Si la cuenta se vendió a un comprador de deudas, pregúntale a un abogado de servicios legales cómo se aplica el plazo a tu caso.
¿Un cobrador me puede seguir contactando por una deuda médica de más de tres años?
Te la pueden pedir, pero bajo la Regulation F federal un cobrador no puede demandar ni amenazar con demandar por una deuda prescrita. Puedes pedir por escrito que dejen de contactarte.
¿Tengo que pagar una deuda médica prescrita?
Un tribunal ya no puede obligarte a pagarla si alegas el plazo. Pagar algo voluntariamente es tu decisión; revisa primero las fechas y pide cualquier acuerdo por escrito.
¿Qué hago si me demandan por una deuda médica demasiado vieja?
Contesta la demanda antes de la fecha límite y alega el plazo de tres años como defensa. Busca servicios legales gratuitos; el tribunal no aplica el plazo si tú no lo alegas.
Fuentes
- Senado del Estado de Nueva York — Civil Practice Law and Rules, sección 213-d, acciones por deuda médica (verificado 2026-11-03)
- Code of Federal Regulations — 12 CFR 1006.26, cobro de deudas prescritas (Regulation F) (verificado 2026-11-03)
- Fiscalía General del Estado de Nueva York — ayuda financiera hospitalaria (verificado 2026-11-03)
- Gobernadora de Nueva York — ley que prohíbe gravámenes y embargos de salario por deuda médica (noviembre de 2022) (verificado 2026-11-03)
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